Los evangélicos de Angola indignados ante el decreto gubernamental sobre plataformas religiosas

11/10/2018 | Noticias

El presidente de la Orden de Pastores Evangélicos de Angola (OPEA) se manifestó ayer 10 de octubre , en Luanda, «indignado» con el Decreto Conjunto 01/2018 que extingue las Plataformas Religiosas, reunión de fieles y la realización de cualquier actividad en el territorio nacional .

En una conferencia de prensa, Pedro de Boaventura afirmó que la ley vigente en el país constituye un obstáculo para la actividad religiosa, la expansión del Evangelio y la libertad de elección de religión, creencia y culto.

En representación de las seis plataformas ecuménicas, Pedro de Boaventura solicitó al Ejecutivo la reevaluación del Decreto Conjunto, para respetar la soberanía del pueblo sobre la libertad de elección, plasmada en la Constitución de la República de Angola.

El presidente de la OPEA dijo que en el marco de la laicidad del Estado, el Ejecutivo debe respetar los límites de actuación, de modo que no usurpe las competencias de las iglesias en la solución de sus problemas, siempre que éstos no se alejen de la Constitución.

De acuerdo Boaventura el decreto vigente trae, en líneas generales, medidas que, a la vista de la plataforma, lesionan la Constitución, al hacer exigencias en un momento en que el país y, en particular las familias, viven limitaciones financieras y económicas.

«Las iglesias son y continúan siendo socios y cooperan con el Estado en la implementación de las políticas sociales, en lo que se refiere a la pacificación de la sociedad, el rescate de los valores morales y cívicos, y en la asistencia social a los más necesitados»,

Para Pedro de Boaventura, el Ejecutivo debe percibir y comprender que, en muchos aspectos, la actuación espiritual y doctrinal de las iglesias trasciende la competencia y la función del Estado, estando reservado a las instituciones eclesiásticas competentes.

La decisión surgió a raíz del decreto ejecutivo conjunto de los ministerios angoleños del Interior, de la Administración del Territorio y Reforma del Estado, de la Justicia y Derechos Humanos y de la Cultura, que deroga la anterior legislación del 25 de junio de 2015.

En la antigua legislación, estaba definido que, para organizar el ejercicio religioso, había seis plataformas ecuménicas – Consejo de Reavivamiento en Angola (CIRA), Unión de las Iglesias del Espíritu Santo (UIESA), Foro Cristiano Angolano (FCA), Alianza de las Iglesias africanas AIA), Iglesia de Coalición Cristiana (ICCA) y Convención Nacional de Iglesias Cristianas en Angola (CONICA).

De acuerdo con el documento, las confesiones religiosas cuyos procesos resultan del desmembramiento o escisión de otras y que ejerzan actividad religiosa que no atente contra la ley y las buenas costumbres, deben, en los próximos 30 días, «suprimir las inconformidades».

La ley es relativa al ejercicio de la libertad de conciencia, de culto y de religión y del Decreto-Ley de 15 de noviembre de 1995, referente a las Normas del Procedimiento y de la Actividad Administrativa.

En su génesis, las plataformas ecuménicas fueron creadas para congregar y ayudar en el proceso de reconocimiento de las iglesias que actuaban al margen de la ley, por un determinado período, que ya se ha agotado.

En el documento se lee que las confesiones religiosas no reconocidas, que tienen requisitos mínimos para su reconocimiento, deben remitir al Instituto Nacional para los Asuntos Religiosos del Ministerio de Cultura elementos instructores y sobre su situación organizativa y de funcionamiento, presentando, entre otros, una comisión instauradora en el plazo de 30 días.

En relación a las confesiones religiosas reconocidas, «deben actuar en los marcos de la ley y de las buenas costumbres» y «abstenerse de realizar propaganda engañosa en los cultos, prácticas y actos que atentan contra los derechos económicos, sociales y culturales de los ciudadanos».

Los datos estadísticos oficiales apuntan a casi 1.220 confesiones religiosas no reconocidas. Oficialmente, existen 81 iglesias reconocidas en Angola.

Fuente: Jormal de Angola
TSF

[Fundación Sur]


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