Las reformas trampantojo de Mohammed VI

28/06/2011 | Opinión

El 17 de junio el rey Mohammed VI presentó su proyecto de nueva Constitución para el reino. Constatación paradójica, el nuevo texto podría reforzar el poder del monarca.

Hace tres meses el rey Mohammed VI prometía reformar la Constitución de Marruecos. Su discurso fue la respuesta a las manifestaciones de miles de jóvenes que reclamaban más democracia y justicia social, siguiendo el ejemplo de las revoluciones árabes.

En un nuevo discurso dirigido a la nación el pasado 17 de junio, el rey presentó su proyecto de reformas cuya delicada realización encargó a un comité de expertos cuyos componentes eligió cuidadosamente. La reacción internacional – especialmente la francesa – fue casi unánime: Mohammed VI, en un contexto árabe de efervescencia, se erige en modelo al inscribir a su país en la camino de la democracia.

Un número de prestidigitación política

Sin embargo, este anuncio no ha convencido a ciertos demócratas, sobre todo al Movimiento 20 de Febrero, que habla de un simple “lavado de cara” de las instituciones. Creen que esta reforma “cosmética” de ninguna manera constituye una reconsideración de la Constitución actualmente en vigor y que desde su primera versión de 1962, hace del rey un monarca por derecho divino.

“¡Aquí tenéis lo que pasa por manifestarse abiertamente el domingo después de la siesta, de la playa, del helado y del café corto! ¡Ahora saboreemos el resultado!”, se comentaba con cinismo en facebook tras el tan esperado discurso del rey.

¿Ha logrado la monarquía marroquí realizar un número de prestidigitación política sin parangón? ¿Ha apostado Mohammed VI por el agotamiento de las revoluciones árabes para hacer promesas que en el fondo no estaba dispuesto a cumplir? Esta sensación es ampliamente compartida en Marruecos por los que soñaban con una ruptura con el antiguo régimen y con no faltar a una cita con la Historia, tomando como modelo la monarquía española que decidió sepultar el franquismo con el advenimiento del rey Juan Carlos.

Con esta nueva “ley suprema” conserva todas sus prerrogativas de Jefe de Estado y sigue siendo la autoridad final en materia religiosa. Por lo tanto, se está lejos de “una monarquía constitucional, democrática, parlamentaria y social” tal como lo anunció el rey, y que debía consagrar una verdadera separación de poderes, garante de renuncia a la autocracia.

El rey preside el Consejo de ministros

Si la nueva Constitución prevé la supresión de la disposición que considera el carácter sagrado de la figura del rey –reemplazado por su inviolabilidad-, éste continuará beneficiándose de unos poderes exorbitados. Los demócratas clamaban por esta desacralización para únicamente preservar el aspecto ceremonial y cultural del trono. Pero se propuso lo contrario.

En el plano político el rey preside el Consejo de ministros en el seno del cual se determinan las grandes estrategias del Estado, nombra y revoca al Jefe de gobierno y sus ministros. También es él quien dirige la diplomacia del país y manda las fuerzas armadas.

Además, se ve confirmado en el plan religioso como Comendador de los creyentes, un estatus que la nueva Constitución refuerza ya que lo convierte en la única autoridad religiosa legítima del reino, a la cabeza de un Consejo de teólogos (Ulemas) transformado en clero inscrito por primera vez en un texto constitucional, lo que hasta en el Islam está sujeto a controversia. Esta doble atribución (temporal y espiritual) constituye un bloqueo absoluto y sin precedentes en la conducta del poder.

Un Jefe de gobierno “por delegación”

Si de ahora en adelante el rey está obligado a elegir al futuro jefe de gobierno dentro del partido que haya ganado las elecciones – mientras que hasta ahora podía nombrar a quien quisiera – el “súper Primer ministro” tendrá en realidad un margen de maniobra reducido, ya que sólo ejercerá su función bajo la tutela efectiva del rey. El manejo de los asuntos de Estado se hará sólo “por delegación”, en el marco de una agenda y de un orden del día del Consejo de ministros que deberán ser aprobados previamente por el rey, que por otra parte continuará presidiéndolo. Si el Jefe de gobierno puede proponer y deponer los miembros de su gobierno y elegir otras responsabilidades, ello sólo se hará con el aval de Palacio.

De hecho, el nombramiento de los poderosos gobernadores provinciales sigue siendo una prerrogativa real. En la práctica, los verdaderos poderes del Primer ministro y su gobierno están bajo la autoridad del monarca y sus consejeros, tal como es el caso actualmente. Mejor aún, en lo sucesivo los mecanismos de tutela quedan fijados. Las decisiones estratégicas son tomadas por el Gabinete real y dentro de la retahíla de Comisiones consultivas que el rey ha establecido desde hace años, y que han servido para deshojar las prerrogativas del gobierno.

La Justicia, un poder bajo tutela

Los poderes del Parlamento permanecen limitados a pesar de un leve refuerzo en materia de investigación y de moción de censura contra los ministros, pero en asuntos de justicia la Constitución no garantiza la separación de poderes, al menos no de forma flagrante. Alegando su papel de árbitro de las instituciones, el rey es de hecho un “monarca ejecutivo” y ejerce una mano de hierro sobre la Justicia. Preside directamente el Consejo superior del poder judicial (hasta entonces atribución del ministro de Justicia), ejerce el derecho de indulto y nombra a los magistrados. La Justicia sigue administrándose en nombre suyo.

Mohammed VI ha propuesto inscribir en la Constitución la igualdad entre hombres y mujeres así como la protección de los Derechos Humanos reconocidos universalmente. Dicho esto, ya que el Islam sigue siendo la religión del Estado, estos derechos únicamente son aceptados dentro del marco de lo que él mismo denomina “constantes de la nación”, es decir, la religión musulmana.

Una muy mala noticia para los laicos que esperaban (al menos) la instauración de un Estado civil garantizado por una Constitución de espíritu liberal que previese la libertad de creencia (una noción a la cual el rey prefirió la de “libertad de culto”, ya contemplada por la actual Constitución y que restringe la fe a la filiación). Por lo tanto las leyes religiosas siguen siendo las que organizan la vida social en el marco de una “monarquía islamista”.

El Ejército y la Seguridad Pública, santuarios del Poder

El rey permanece como Jefe del ejército y presidirá un Consejo superior de Seguridad que tendrá por objetivo “administrar los asuntos de seguridad interna, estructurales e imprevistos”. Aunque llegue a contar entre sus miembros a los jefes de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, esta instancia tendrá únicamente carácter de consulta y no permitirá al Poder Civil controlar el aparato de Seguridad, a menudo acusado de violaciones repetidas de los Derechos Humanos, y estarán más que nunca bajo la única autoridad del rey. No habrá ministro de Defensa sometido a la autoridad del Jefe de gobierno, y los jefes de las agencias de información sólo rendirán cuentas al rey.

“El rey ejerce sus regias misiones de garante y árbitro”, afirmó Mohammed VI, cuyo proyecto de reforma será sometido a referéndum el próximo 1 de julio. Mentira, responden sus detractores, que consideran esas misiones como contradictorias con sus promesas, véase engañosas.

Lo cierto es que no abrirán el camino a una monarquía parlamentaria: Mohammed VI no ha renunciado a una parte de sus prerrogativas, al contrario las ha grabado íntegramente en mármol, con riesgo de provocar más de una crispación política. Se siguen organizando manifestaciones en todas las ciudades del reino y, acontecimiento novedoso, los eslóganes incluso llaman a veces al derrocamiento del trono.

Ali Amar

Publicado en “Slate Afrique”, el 20 de junio de 2011.

Traducido por Juan Carlos Figueira Iglésias, para Fundación Sur.

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