Islam, Coran y Apostatas, por Jose Maria Cantal Rivas

11/02/2008 | Bitácora africana

“El pensamiento árabe está casi muerto. En cualquier caso ya no crea más. ¿Por qué? Cada vez que un creador intenta innovar, una fatwa obstaculiza su trabajo”.

Amir Salem, jurista egipcio.

Está muy extendida la creencia de que el islam condena a muerte a quienes son acusados de apostasía (ridda); esta creencia se fundamenta, en parte, en la existencia de legislaciones anti-apostasía en más de un país confesionalmente musulmán.

Según los expertos el término ridda, es un derivado del verbo irtadda, que significa literalmente “dar marcha atrás” y por extensión, traicionar, “cambiar de chaqueta”. ¡Pero resulta que este término (ridda) no aparece en todo el Corán! Sin embargo, en siete versículos aparecen los verbos radda (“hacer que vuelva”. Corán 2, 109.217; 3, 100.149) y irtadda (“volver atrás en sus compromisos”. Corán 2, 217; 5, 54; 37, 25) para designar a quienes han abandonado el islam tras su conversión y vuelven a su religión primera, al statu quo ante. Estos versículos, en su conjunto, son una serie de exhortaciones para que los musulmanes no se dejen seducir ni convencer por quienes desean “hacerles volver de su (actual) religión” (yaruddukum) (Corán 2, 217) ya sea mediante argucias o mediante la presión. Sin duda este tipo de situaciones debió ser frecuente en los primeros años de la predicación de Mahoma (Muhammad) cuando no estaba claro cual sería su futuro como líder de la península arábiga.

En el Texto sagrado de los musulmanes se mencionan penas “post mortem” para los apóstatas, es decir, el infierno. Pero no aparece ningún castigo corporal para aquellos que caen bajo la acusación probada de ridda (apostasía).

La comunidad musulmana, cuando se organiza y crece alrededor de la predicación de Mahoma no sólo tiene que hacer frente a una teología politeísta, debe organizar radical y totalmente una sociedad basandose en novedosos principios. La legislación comercial, familiar, religiosa, diplomática y bélica se basan en la unidad y salvaguarda de unos valores que pretenden ser recibidos de Dios. En esas condiciones el abandono de la, entonces pequeña y naciente, comunidad musulmana suponía un atentado contra la seguridad del grupo, al disminuir sus efectivos después de haber sido co-participe de todos sus bienes y enseñanzas.

La primera ridda de la historia acontece poco después de la muerte de Mahoma: su sucesor, Abu Bakr, se ve confrontado con el abandono la de la mayoría de las tribus árabes convertidas en vida del Profeta. Estas tribus, al volver a su anterior religión, reclamaban la independencia política. No era pues una cuestión teológico-espirutual, sino el deseo de recuperar una organización politico-social que no les hiciese depender de los califas musulmanes de Medina. El nombre de esta guerra, harb al-ridda (guerra de secesión), provocó la confusión hasta el día de hoy.

La ley sobre la apostasía obligaría a ejecutar a aquel que abandone la religión musulmana. Mohammed Talbi, teólogo e historiador tunecino, asegura que no hay fundamento para esta pena capital en ningún texto del Corán. Para él la religión tiene un carácter propio que sólo se concibe con la libertad: la fe es por esencia una opción libre y personal y no una herencia familiar. El musulmán se sitúa siempre ante su conciencia, no hay intercesor ni mediador entre Dios y él.

Según Talbi, los juristas musulmanes del siglo II de la era musulmana (año 800 d.C.) introdujeron la pena de muerte para los apostatas por influencia e imitación de la legislación judaica que la prevé para los blasfemos y apostatas. Y es que entre los primeros exegetas del Corán la influencia judía fue muy fuerte, especialmente a través de las isrâîliyât, es decir parábolas y relatos rabínicos empleados para la transmisión de ideas.

Si no existe ningún texto coránico que apoye la muerte de quienes dejan el islam ¿en qué se sostiene esta práctica?. Además de en el Corán, la legislación musulmana se apoya en los Hadit (dichos, palabras) del profeta Mahoma corroborados por testigos fidedignos. Existen multitud de ellos, unos con el apoyo de las mejores y más antiguas fuentes y otros aceptados solamente por algunas corrientes musulmanas. Entre estos últimos figura el siguiente: “A quien quiera que cambie de religión, matadle”. Si se aplicara literalmente, habría que ejecutar… ¡a los que se hiciesen musulmanes abandonando su anterior religión!

Si bien la legislación punitiva sobre la apostasía ha conseguido que la comunidad musulmana sea poco permeable a otras corrientes misioneras, esta misma legislación y la amenaza de la muerte han sido nefastas para el mundo intelectual musulmán: “El pensamiento árabe está casi muerto. En cualquier caso ya no crea más. ¿Por qué? Cada vez que un creador intenta innovar, una fatwa obstaculiza su trabajo” (Amir Salem, jurista egipcio). La acusación de blasfemo y apostata puede producirse en cualquier momento, por lo que es mejor limitarse a repetir y repetir, corrigiendo muy levemente, lo que “gente segura” dijo hace 1, 2, 6, 10 o 14 siglos. Esto explica en parte la decadencia creativa e intelectual del mundo árabo-musulman que tras llegar a las más altas cimas de la especulación no hace más que caer en picado.

Para renovarse el pensamiento musulmán solo puede hacerlo en un clima de libertad. Con motivo del caso Salman Rushdie, que saltó a los titulares en febrero de 1989, el siquiatra musulmán M. Benslama afirma que “no se trata de una confrontación entre el islam y occidente, sino más bien de una confrontación en el seno del islam donde aún hay muchas corrientes de pensamiento que funcionan como en el pasado”.

José Mª Cantal Rivas

Autores

  • Cantal Rivas, José Mª

    Nacido en Granada. Miembro de la Sociedad de Misioneros de África, más conocidos como Padres Blancos, desde 1988. Especializado en árabe e islamología. Lleva varios años como misionero en Argelia.

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