Carta abierta a los diputados burkinabé .Los efectos perversos de la ley 14, por Maurice Oudet Presidente del SEDELAN

15/04/2010 | Bitácora africana

Atento observador del mundo rural y de sus organizaciones campesinas, quisiera con esta carta, interpelar a los diputados burkinabé e invitarles a releer la “ley 14”.¿De qué se trata? Cuando un líder campesino le habla de la “ley 14”, le habla de la ley Nº 014/99/AN sobre la regulación de las sociedades cooperativas y las agrupaciones en Burkina Faso, con fecha del 15 de abril 1999.Tiene por tanto más de 10 años. Ya es hora de hacer una evaluación.

Pongamos un ejemplo ficticio (aunque a menudo la realidad supera la ficción): Un grupo de veinte mujeres decide organizarse en cooperativa. Este grupo, una vez reconocido, se regirá por la ley 14. Entre las mujeres que componen esta nueva cooperativa, tres saben leer y escribir (lo que corresponde exactamente con la media nacional, ya que, en el campo rural, el 85% de las mujeres son analfabetas). Naturalmente, estas tres mujeres serán elegidas para el consejo de administración (el órgano ejecutivo de la sociedad cooperativa, según la ley 14). Puede imaginarse que una sea elegida presidente, otra secretaria y la tercera tesorera. Cuando hayan terminado su mandato, ¿qué sucederá? ¿Qué dice la ley?

Artículo 45: El mandato de los miembros del consejo de administración es de tres años renovable una vez.

Artículo 46: El Consejo de Administración elige entre sus miembros un presidente, un tesorero y un secretario por voto secreto.

También dice la ley que cuando un miembro de la cooperativa haya hecho seis años en el consejo administrativo (incluso asumiendo diferentes funciones), debe descansar por lo menos tres años.

Volvamos a nuestra cooperativa femenina. Imaginemos que una de las mujeres alfabetizadas haya asumido la función de tesorera durante 3 años, y como secretaria también 3 años. Como en sus dos puestos sucesivos, ha hecho bien su trabajo, todos los miembros de la cooperativa la eligen como presidenta.

Pues bien ¡Está prohibido por la ley! Ha hecho 6 años en el consejo de administración (como las dos otras mujeres alfabetizadas). ¡La cooperativa tendrá que elegir un consejo de administración de analfabetos!

Sin embargo, ¿qué mejor preparación para su futuro papel de presidente de cooperativa que asumir diversas funciones en el consejo de administración para poder ser escogido como presidente capaz por los miembros de la cooperativa?

Otra pregunta: ¿por qué la ley no da al presidente la oportunidad de ser elegido por todos los miembros de la cooperativa?
Podemos preguntarnos ¿Por qué la ley de Burkina Faso es tan restrictiva frente a los campesinos?

Conozco, entre otros, a un campesino que fue tesorero durante 6 años, y luego descansó durante algún tiempo (aunque menos de 3 años, como pide la ley).El presidente de su cooperativa, que había terminado un mandato de 3 años, estaba cansado y quería retirarse. Los cooperadores pidieron varias veces al tesorero que lo sustituyese. Finalmente éste accedió. En la Asamblea General de la cooperativa, fue elegido presidente con una mayoría abrumadora. Cuando la administración dice al interesado y a los cooperadores que no tiene derecho a ser presidente, no entienden nada

Y en verdad, es difícil entenderlo. Los cooperadores saben muy bien que la cooperativa es suya, y que si está mal administrada, nadie vendrá a ayudarlos. Pero cuando eligen a las personas más capacitadas para garantizar una buena administración, les dicen que la ley no lo permite, y que es mejor poner analfabetos a la cabeza de la cooperativa que no respetar la ley. No conozco una sola empresa dispuesta a funcionar con el modelo de la ley 14.

Hay que revisar esta ley. Burkina requiere una agricultura fuerte, y por tanto líderes campesinos eficaces, honestos y bien formados. Hay que darles la oportunidad de formarse en su estructura de base asumiendo sucesivamente , varias funciones.

El presidente de una cooperativa requiere autoridad. ¿Por qué no sería elegido directamente por los miembros de la junta general de su organización? Así como el secretario tesorero.

Que el mandato de presidente, tesorero y secretario sea de tres años, renovable una vez, está muy bien. Pero es necesario que un miembro elegido pueda permanecer más de seis años en el consejo de administración con responsabilidades diferentes y, por tanto, con mandatos diferentes (tesorero, secretario, presidente).

Una vez más, Burkina necesita una agricultura fuerte, y por lo tanto, organizaciones fuertes de agricultores.

Señores diputados, la mayoría de ustedes, han sido elegidos por los campesinos. Vuelvan a leer esta ley 14. Infórmense. Consulten a los líderes campesinos de vuestro distrito. Propongan modificaciones que permitan la emergencia de los líderes campesinos de mañana. Entonces, las organizaciones campesinas serán más fuertes y estarán mejor gobernadas. Y el conjunto del país irá mejor.

Autor

  • Oudet, Mauricio

    Nacido en 1944, trabajó como cooperante en Alto Volta (Actual Burkina Fasso en 1966-67 . Ordenado sacerdote en 1971 , es Misionero de África. Nombrado en Burkina Fasso en 1972. Presidente del SEDELAN . Servicio de ediciónn lenguas nacionales de Burkina Faso

    Este servicio nació en 1997 por iniciativa del P. Maurice OUDET, para dar una respuesta a las necesidades de información y de formación del mundo rural.
    Su sede se encuentra en el edificio de la Comunidad de los Misioneros de África en Kudugu.

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