Acceso a la información pública: Una urgencia más para África

28/05/2010 | Opinión

Estos diez últimos años han sido testigos de que unos cincuenta países de todo el mundo fueran adoptando leyes relativas al acceso a la información pública. A pesar de ser un símbolo de transparencia, articulado en la realización de una serie de derechos sociales y económicos, y un medio de afirmación de una ciudadanía responsable, esta legislación tarda en implantarse en África. Actualmente, dado que la reflexión se ha comprometido y que existen iniciativas-pilotos, el desafío es velar por que esta ley responda a las urgencias y prioridades del desarrollo en el continente.

En febrero de 2008, el Centro Carter organizó en Atlanta una conferencia internacional sobre el acceso a la información pública. Esta conferencia pretendía evaluar la situación y analizar el impacto de este derecho consagrado en los ámbitos de un buen gobierno y del desarrollo. El resultado fue una Declaración y un Plan de actuación para hacer avanzar el derecho al acceso a la información. Sin embargo, el enfoque era globalista y no reflejaba las especificidades y los contextos regionales. La voluntad de adaptar las reflexiones, y las condiciones a las diversas culturas y sociedades, condujo al debate a un nivel regional. Lima acogió, en octubre de 2009, la Conferencia para América Latina. Del 7 al 9 de febrero de 2010, fue en Accra donde tuvo lugar la Conferencia africana regional sobre el derecho al acceso a la información.

La declaración de los que asistieron a Accra, ministros, juristas, investigadores, organizaciones de la sociedad civil y otros responsables de sectores administrativos, afirma que “el acceso a la información es un derecho fundamental del hombre y por ello, el Estado tiene el deber de respetarlo, protegerlo y cumplirlo.” Además pone de relieve que “la necesidad de información es inherente en cada ciudadano aunque no siempre esté bien expresada. El acceso a la información y la libertad de expresión deberían ser para todos, incluso para las poblaciones vulnerables y marginadas. Para ello, se impone la reducción de obstáculos y la garantía otorgada al pueblo para buscar información a través de las vías orales e informales.”

Pocos Estados africanos han adoptado estos principios pero el debate comienza a anclarse aquí y allá. Ya sea en Zambia, en Zimbabwe, en Mozambique, en Nigeria o en Senegal, la reflexión se nutre a niveles más o menos avanzados. Sin embargo, no hay ningún lugar en el que exista un vacío jurídico en cuanto al acceso a la información pública. El hecho es que ahí donde las constituciones aseguran la garantía, faltan la voluntad o los medios para asegurar una aplicación correcta y completa de los textos. En vez de promover un régimen de libertad en la materia, los poderes tienden más bien a llevar a cabo prácticas marcadas por el silencio, el secreto y la represión.

Estos comportamientos siguen cubriendo prácticas que, a la larga, han contribuido a desestabilizar muchos países en África. La opacidad, cultivada por los gobiernos, en la gestión de los asuntos públicos, bajo la tapadera del tráfico, la corrupción, el acaparamiento de recursos, etc., ha preparado en algunos casos la llegada de asuntos que han acabado en dramas sangrientos. Los cañonazos que están desgarrando a la República Democrática del Congo y sedimentando la inestabilidad en la región de los Grandes lagos desde hace años, solo son el eco ruidoso de la lucha silenciosa que están llevando a cabo las multinacionales y algunas potencias ocultas, de acuerdo con los grupos de presión y los poderes locales, alrededor de las fabulosas riquezas mineras de este país. En Sierra Leona y en Liberia, donde se han vivido conflictos igual de dramáticos, a cuenta de la extracción de diamantes y de los recursos forestales, ya aprendieron la lección. En estos dos países, se insiste fuertemente en la necesidad de favorecer una información libre, constante y útil para el ciudadano, como antídoto a los conflictos potenciales. En efecto, tras esta verdad se busca la reconciliación.

Más allá de estos casos extremos, la necesidad de un marco legal e institucional que garantice un régimen transparente va unida al imperativo de democracia y de buena gobernanza. En efecto es la garantía más sólida de una participación ciudadana prudente, participativa y constructiva para el desarrollo. El reto está en situar mejor las responsabilidades en la gestión de los asuntos públicos, favorecer la transparencia a nivel administrativo y permitir una verdadera libertad de expresión a los ciudadanos con respecto a sus derechos y deberes.

El principio quiere que el acceso a la información pública no tenga límites. Si demasiados “considerandos” incluyesen leyes como esta, daría nuevos argumentos restrictivos a la autoridad. Se trata pues de promover la lógica de la máxima divulgación, siendo ésta limitada únicamente por casos excepcionales que afectan a la vida privada del ciudadano, a los intereses superiores de la nación y a la seguridad del Estado. Fuera de este campo restrictivo, cualquier información pública (expedientes, informes, estudios, actas, estadísticas, publicaciones, indicaciones, información, correspondencia administrativa…), ya sea privada o pública, debería estar en el ámbito divulgativo.

En marzo de 2001, Suráfrica vio entrar en vigor su ley relativa al acceso a la información. En Uganda, dicha ley fue promulgada el 7 de julio de 2005 y comenzó a aplicarse el 20 de abril de 2006. Otros países disponen de un proyecto de ley, pero el número es escaso. El Centro Carter, señala que 80 países en todo el mundo tienen un derecho legal y ejecutivo a la información, de los cuales sólo 5 son países africanos. Sin embargo, “una cuarta parte de los países de África subsahariana tienen en estudio proyectos de ley para el acceso a la información.”

Si el proceso es lento es por la poca voluntad política. Es cierto que el marco jurídico regional existe y complementa los textos internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos e incluso la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción. Es así como la Declaración Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, estipula, en el apartado 1 del artículo 9, que “toda persona tiene derecho a la información.” A esto se suma la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión en África redactada por la Comisión Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos.

Por otro lado, la Comisión Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos, renovó y amplió en 2007 el mandato del Ponente especial sobre la promoción y la protección del derecho a la libertad de expresión en África.

Ante los retrasos legislativos, se evoca la cultura de la confidencialidad refiriéndose a las tradiciones africanas que los iniciados, los miembros del clan, del grupo, etc. deben saber. El Estado queda rehabilitado al evocar la falta de recursos que permita poner en marcha instrumentos y mecanismo adaptados a un acceso a la información libre y generalizado. En muchos lugares los archivos están mal conservados o son inexistentes, en otros las nuevas tecnologías aún no están en buenas condiciones para satisfacer las necesidades del público. Otro motivo, querrían que la población no tenga más que conciencia mínima de este derecho.

Efectivamente, el derecho al acceso a la información se reduce a menudo al ejercicio de la libertad de prensa para que sea la única preocupación (o la prioridad) de los periodistas. Ahora bien, va mucho más allá. Se trata de una obligación constitucional que forma parte de la promoción cultural de los Derechos Humanos. Al igual que hay que “respetar esta obligación del gestor, demostrar que éste ha administrado o controlado los recursos que le han sido confiados, la buena gobernanza y especialmente la educación del público conforme a ciertas condiciones explícitas o implícitas” (1)

Si hay procesos que comenzaron desde hace algunos años en ciertos países africanos, para consagrar el principio y dirigirse hacia la promulgación de leyes sobre el acceso a la información, es consecuencia del compromiso de la sociedad civil. A este nivel, las iniciativas suelen ser sectoriales pero coinciden. Ya sea para exigir la transparencia en los contratos de prospección, de explotación y de gestión de recursos obtenidos por la industria extractiva, para luchar contra la corrupción o incluso para respetar normas en los mercado públicos, etc., la presión de las organizaciones locales e internacionales empuja cada vez más a las autoridades hacia un deber de explicación y de información pública.

Todo esto está por codificar, estructurar jurídicamente que garanticen no sólo el derecho del público sino que protejan también a los que cumplen con sus deberes de vigilancia, recogida y difusión de todos los hechos y actas administrativas en los que el Estado, sus agentes, las instituciones internacionales, el sector privado local y las multinacionales actúan en nombre de los ciudadanos.

Uno de los principios más importantes, en esta cuestión, debería ser evitar que se excluya a las poblaciones marginadas. El acceso a la información es una magnífica oportunidad para sacar a estas personas de su aislamiento en lugar de reforzar la fractura que los aísla con la centralización de los medios de conocimiento y de los poderes de decisión en el seno de un grupo a veces minoritario pero dominante.

En un continente donde el índice de analfabetismo sobrepasa a veces el 70%, el acceso a la información debe apoyarse en medios, mecanismos, soportes y espacios que favorezcan la participación popular y ciudadana, en el respeto de los derechos de aquellos que son más vulnerables. Si un informe sobre la corrupción interesa a un público particular, la mujer rural también necesita saber cómo y a qué precio puede acceder a los cuidados de la salud reproductiva.

Con frecuencia, los contextos y los procesos políticos guían a los Estados en la elaboración de los marcos legales e institucionales. No faltan motivos de rigor para el acceso a la información pública para los ciudadanos. Pero la transparencia se apoya más bien en los valores que en las normas. No es solo el lujo de la democracia lo que afirma su madurez, también participa del respeto y de la promoción de los derechos humanos. Y sobretodo, sitúa al ciudadano en el corazón de la acción pública. A todos los ciudadanos.

Tidiane Kassé

http://pambazuka.org/fr/category/features/63566 2010-04-01, Número 141

Nota:

(1) – Amadou C. Kanouté: Seminario Panos-Forum Civil sobre el acceso a la información pública en Senegal: Defensa para una ley de acceso a la información.

* Tidiane Kassé es el redactor jefe de la edición francesa de Pambazuka News

Traducido por Teresa De Agustín, alumna de la Universidad Pontificia Comillas de Madrid Traducción /Interpretación, colaboradora en la traducción de algunos artículos.

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